Miércoles 30 de Octubre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 12:07,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Solo 5 años cargos para coordinador y auditores especiales de ASE

Solo 5 años cargos para coordinador y auditores especiales de ASE

El diputado José Luis Romero Calzada presentó una iniciativa para reformar el artículo 15 de la Ley de la Auditoría Superior del Estado (ASE) de San Luis Potosí, a fin de establecer que el Coordinador de Auditorias Especiales y los Auditores Especiales de ese órgano de fiscalización durarán en su cargo cinco años y no podrán ser nombrados nuevamente para el periodo inmediato.

Con esta reforma se pretende robustecer la actuación de los auditores de la Auditoria Superior del Estado, reduciendo la duración de su encargo, con lo que se busca mitigar el riesgo de “familiaridad”, es decir, el riesgo de que, en una relación de largo plazo, los auditores se familiaricen e involucren tanto con los entes auditados, que pierdan el necesario escepticismo para mantenerse objetivos e independientes.

Se propone que el encargo se desempeñe por periodos cuya duración yescalonamiento garantice su funcionamiento independiente y autónomo, así el periodo de cinco años, permite la consecución de fines institucionales de manera satisfactoria, reduciendo la posibilidad de enviciamientos pasiones y ambiciones de poder inherentes a la naturaleza humana, respondiendo así a las necesidades de los gobernados a quienes deben su permanencia en dicho recinto.

El legislador manifestó, en la exposición de motivos de su iniciativa, que lo anterior guarda congruencia, si tomamos en consideración que incluso al Titular de la Auditoria Superior del Estado, la legislación le limita su encargo al plazo de siete años con la posibilidad de reelección, según se advierte del artículo 10 de la Ley de Auditoría Superior del Estado

Si tratándose de auditores externos privados, la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió la Resolución General N° 622 con un nuevo texto ordenado en su normativa, incorporar como requisito la rotación obligatoria cada tres años de las firmas profesionales que llevan adelante la auditoría externa de los entes emisores, a fin de reforzar la independencia, veracidad y certeza del auditor, máxime es indispensable dicho proceder o actuar tratándose fiscalización de cuentas “públicas”, entre otros motivos.

La iniciativa de Romero Calzada se analiza en las comisiones de Puntos Constitucionales; y Vigilancia.