Sábado 19 de Septiembre 2026 San Luis Potosi, Hora Local 08:55,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Reformas aprobadas optimizarán organización de procesos electorales.

En el Segundo Año de Ejercicio Legislativo, la Sexagésima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó reformas constitucionales y a la Ley Electoral del Estado con el objetivo de optimizar la organización de los procesos electorales, garantizar la paridad de género y armonizar la legislación local con el marco federal, señaló el diputado Rubén Guajardo Barrera.

 

El diputado, presidente de la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias, explicó que las reformas constitucionales que se aprobaron, así como a la Ley Electoral, garantizan la postulación paritaria de candidaturas a la gubernatura y a presidencias municipales.

 

Se mejora la fiscalización, administración y manejo de recursos públicos electorales; se modernizan los procedimientos de quejas y denuncias, agilizando notificaciones y trámites; se ajustan las reglas sobre prerrogativas, partidos y sanciones para armonizarlas con los criterios expedidos por el Instituto Nacional Electoral; y se evitan retrocesos en la participación política de las mujeres, corrigiendo desigualdades estructurales históricas.

 

En cuanto a la organización electoral, se establece el inicio del proceso electoral el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral; se reconoce remuneración a integrantes de Comisiones Distritales y Comités Municipales; se establece un procedimiento más eficiente para revocación de nombramientos; la flexibilización del número de consejerías ciudadanas en órganos desconcentrados; y la entrega inmediata de paquetes electorales si no hay impugnaciones, entre otros.

 

Para los partidos y prerrogativas, se aumenta el límite del 25 % mensual para descuentos por sanciones; se reestructura la Unidad de Fiscalización y atribuciones internas, y se regula la entrega de franquicias postales como en la legislación federal.

 

En cuanto a la administración y finanzas, se establece la obligación a las presidencias de comisiones y comités a rendir informes mensuales sobre el uso del recurso público.

 

En cuanto a la comunicación electoral, se eliminan los debates distritales obligatorios, y se crean debates obligatorios para presidencias municipales en los cinco municipios con mayor lista nominal. Para todas las personas candidatas a la Gubernatura del Estado, será obligatoria la organización y participación en por lo menos dos debates, los cuales deberán celebrarse dentro de los 60 días de duración de la campaña.

 

Para las quejas y denuncias, se incorpora la notificación por estrados, cuando la parte esté fuera de la capital, o proporcione un domicilio incorrecto o no señale domicilio.

 

De manera especial, se introducen la alternancia en la postulación bajo los principios de paridad de género en la candidatura en la Gubernatura del Estado, estableciendo reglas claras, pasando de lineamientos temporales a normas constitucionales permanentes, y la paridad de género en las presidencias municipales.