Viernes 10 de Julio 2026 San Luis Potosi, Hora Local 21:07,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Iniciativa busca fortalecer derecho a reparación integral del daño.

La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, para fortalecer el derecho a la reparación integral del daño, adicionando la disculpa pública y la restitución de la dignidad como medidas de satisfacción.

 

La iniciativa, turnada a la Comisión Primera de Justicia, establece la obligatoriedad de reparar el daño en casos de feminicidio y mediante responsabilidad patrimonial del Estado.

 

La dignidad humana constituye el eje rector, el principio fundamental y el fin supremo sobre el cual se edifica el Estado Constitucional de Derecho. Cuando este valor es vulnerado mediante la comisión de un delito o por violaciones a los derechos humanos, el Estado adquiere la obligación ineludible no solo de investigar y sancionar a los culpables, sino de garantizar que la persona afectada reciba una reparación integral del daño.

 

Consideró imperativo revisar la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí, cuya última reforma relevante en esta materia se remonta a su texto base y adiciones menores que no alcanzan a reflejar la vanguardia protectora de la legislación general. Esta falta de armonización legislativa genera una inadmisible condición de disparidad jurídica que afecta de forma directa a las víctimas en el territorio potosino.

 

Al no encontrarse estas figuras explícitamente reguladas en la ley local, se obstaculiza la labor de los asesores jurídicos de las víctimas y se limita el criterio de las autoridades judiciales y de la propia Comisión Estatal de Atención a Víctimas (CEAV) para decretar medidas de reparación con el alcance diferenciado, transformador y efectivo que la ley general ya mandata a nivel nacional.

 

A través de esta reforma, se incorporan las medidas de satisfacción consistentes en la declaración de restablecimiento de la reputación y la disculpa pública oficial. Asimismo, se adicionan las disposiciones imperativas sobre la condena forzosa a la reparación en delitos de feminicidio y la vía de resarcimiento por responsabilidad patrimonial del Estado cuando se involucren agentes públicos.

 

Adoptar estas modificaciones representa el cumplimiento estricto del principio de progresividad de los derechos humanos contemplado en el bloque de constitucionalidad de nuestro país. Se busca reafirmar el compromiso con la justicia social, la perspectiva de género y la protección integral de las personas que han sufrido el impacto del delito, alineando sus instituciones locales con los más altos estándares de protección vigentes en la República Mexicana.