Domingo 22 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:21,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Se busca unificar plazos para dictaminar iniciativas.

Con el propósito de unificar los plazos para dictaminar las iniciativas y los Puntos de Acuerdo, la diputada Jessica Gabriela López Torres presentó una iniciativa para modificar diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, y del Reglamento del Congreso del Estado.

 

Con estas reformas, se busca establecer tanto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, como en el Reglamento del Congreso del Estado, que los Puntos de Acuerdo deberán ser resueltos por las comisiones a las que se turnen, en un plazo máximo de treinta días naturales con excepción de aquellos que el Pleno determine que son de urgente y obvia resolución, los que se resolverán en la misma Sesión en la que se presenten.

 

En el caso de las iniciativas, se establece un plazo máximo de diez meses, para dictaminarse, con lo cual se busca que ambos ordenamientos tengan uniformidad y armonía, evitando su contradicción y posibles dicotomías.

 

Añade que la actualización del marco legal que regula la organización, estructura y funcionamiento del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, mediante la expedición de una nueva Ley Orgánica y Reglamento, entraron en vigencia el 13 de septiembre de 2024, sin embargo se requiere de una sincronía y vinculación adecuada y pertinente, que permita una buena aplicación de estos ordenamientos.

 

De manera, que es indispensable armonizar dichos términos; para tal efecto, se propone modificar el párrafo tercero de la fracción I del artículo 62 del Reglamento del Congreso del Estado, para establecer que el plazo para iniciativas es de diez meses y para puntos de acuerdo treinta días naturales.

 

Por otro lado, en cuanto a los puntos de acuerdo, también existe una dicotomía en el plazo para dictaminarse, pues la fracción XIV del artículo 57 de la Ley Orgánica señala treinta días naturales, pero el numeral 88 en su párrafo tercero del mismo Ordenamiento prevé un plazo máximo de dos meses; por tanto, es indispensable sincronizar el citado plazo que en este caso sería de treinta días naturales.

 

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias.