Miércoles 25 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:43,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.

A la Comisión de Justicia del Congreso del Estado fue turnada la iniciativa que propone la adición de un párrafo al artículo 164 del Código Familiar del Estado, para establecer que el acreedor alimentario, aun siendo mayor de edad, podrá solicitar el pago retroactivo de los alimentos que se generaron durante el tiempo que tenía derecho a percibirlos y no se subsanaron cuando era menor de edad.

 

La exposición de motivos de esta iniciativa destaca la importancia fundamental de la alimentación como un derecho humano universal, reconocido por los documentos jurídicos del derecho internacional ratificados por el Estado mexicano.

 

Se enfatiza que el derecho a los alimentos, abarca no solo la provisión de comida, sino también aspectos esenciales como vestido, techo, educación, asistencia médica y esparcimiento, con el propósito de satisfacer las necesidades de desarrollo, dignidad y calidad de vida de los individuos y sus familias.

 

El derecho a los alimentos, establecido en virtud de la filiación, es irrenunciable y persiste incluso cuando el acreedor alcanza la mayoría de edad. Se enfatiza que este derecho es imprescriptible, permitiendo a los acreedores mayores de edad reclamar el pago retroactivo de los alimentos no suministrados durante su minoría de edad.

 

La iniciativa se fundamenta en una decisión reciente de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que subraya la posibilidad de reclamar el pago retroactivo de alimentos como un derecho que no se limita a la minoría de edad, sino que puede ejercerse en cualquier momento.

 

Se destaca que negar este derecho constituye una violación de los principios de igualdad y no discriminación consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Con esta propuesta se refuerza el marco normativo legal para garantizar el derecho de los acreedores alimentarios, incluso en su condición de adultos, a reclamar el pago retroactivo de los alimentos no suministrados durante su minoría de edad.

 

Esta iniciativa busca la protección de los derechos fundamentales de la ciudadanía y su adaptación a las necesidades cambiantes de la sociedad, promoviendo la equidad y la justicia social en todos los ámbitos de la vida.