Jueves 31 de Octubre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 10:03,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Se proponen sanciones a ciberacoso o grooming

Con el fin de establecer sanciones contra el ciberacoso o grooming, el cual se comete en contra de menores de edad mediante el uso de herramientas tecnológicas y de internet por parte de adultos, la diputada Martha Orta Rodríguez presentó una iniciativa de adición del artículo 178 Bis del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

Mediante esta iniciativa, se equipara al delito de abuso sexual quien mediante el uso de cualquier tipo de tecnología contacte a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual.

En su exposición de motivos, la legisladora manifiesta la importancia que ha adquirido el internet para el desarrollo de las actividades cotidianas, desde el combate a enfermedades, o la búsqueda de información. 

“Este avance ha propiciado que para los niños y jóvenes sea común y forme parte de sus vidas el contar con un implemento tal como el celular, reproductor de música o tableta electrónica, lo cual les permite acceder a juegos, videos, música, información de todo tipo y también a las redes sociales, mismas que son el punto de enlace con sus amigos o familiares, pero también con personas que aprovechándose de su inocencia y desconocimiento los hacen víctimas de delitos de diversos tipos”.

Manifiesta que de todos es conocido el riesgo que corren los menores al hacer uso de dichos dispositivos conectados a internet sin supervisión, ya que una persona adulta aprovecha esta circunstancia para hacerse pasar por su igual para posteriormente pedirle imágenes de tipo sexual o erótico, situación que es conocida como “grooming” o “ciberacoso”.

“Esta práctica es ya común y con tan solo un clic se puede enganchar a los menores haciéndolos parte del mundo de la pornografía, trata de personas o prostitución y de acuerdo al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), solo hacen falta unos minutos para hacer caer en los menores en esta práctica, misma que ha sido reconocida como delito en países como Reino Unido, Australia, Estados Unidos, Canadá y Alemania”.

Agrega que por ello, se hace necesario equiparar estas conductas al delito de abuso sexual, de manera que se pueda proteger la integridad de niños, niñas y adolescentes potosinos, “pues desgraciadamente día a día están expuestos a personas sin escrúpulos por medio de los dispositivos electrónicos”

Señala que de acuerdo al Código Penal, el delito de abuso sexual se sancionará con una pena de dos a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días de salario mínimo.

Esta iniciativa fue turnada para su análisis a las Comisiones de Justicia; y Derechos Humanos, Equidad y Género.