Viernes 27 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 03:44,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Iniciativa de reforma a la Ley de Cultura para el Estado.

 

A la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado, se turnó la iniciativa que busca reformar disposiciones de la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer como principio la igualdad de género en las acciones realizadas y en la ejecución del presupuesto.

 

Se indica que la participación de las mujeres en el ámbito cultural debe darse en términos de igualdad, como en cualquier otro ámbito; sin embargo, tal y como se ha señalado por integrantes de la comunidad cultural de San Luis Potosí, la Ley en materia de Cultura de nuestro estado, tiene algunas carencias en lo referente al género.

 

Señala que existe una segmentación clara en las diferentes áreas culturales, ya que hay muchas más mujeres dedicadas a la danza que a la escritura y a la crítica, lo que trae repercusiones en la difusión y el impacto de la obra artística hecha por mujeres; hay deficiencias en contrataciones y seguridad social, afectando la situación de las mujeres a mediano y largo plazo, e impactando también negativamente en otros aspectos, como la maternidad.

 

Por ello, con esta iniciativa se busca adicionar a los principios rectores de la Ley, el  garantizar y promover la igualdad de género; y en segundo término, se propone definir la igualdad de género, como la “Situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en el ámbito cultural”.

 

Se propone añadir en el artículo 10, en relación a  la obligación de la Secretaría de Cultura de administrar los recursos, de acuerdo a la normatividad vigente, se incluya expresamente lo relativo a la igualdad de género, para armonizarla de manera directa con el artículo 9º, de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de San Luis Potosí, en materia de conformación de presupuesto bajo el criterio de igualdad.

 

Se menciona que  estas reformas no solo buscan realizar esa armonización en la Ley respecto a temas presupuestarios, sino que fundamentalmente, tratan de cristalizar el contenido del segundo párrafo del artículo 8º de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, y proveer las bases para llevarla al ámbito cultural: “La mujer y el hombre son iguales ante la ley. El Estado promoverá la igualdad de oportunidades de las mujeres y los hombres en la vida pública, económica, social y cultural”.