Domingo 22 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:12,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Comisión aprueba reformas a Ley Orgánica del Poder Legislativo.

 

La Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias, aprobó el dictamen de la iniciativa que presentaron las y los integrantes del grupo parlamentario de Morena, que plantea reformar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí; y del Reglamento del Congreso del Estado de San Luis Potosí.

 

El diputado Luis Felipe Castro Barrón, presidente de la Comisión legislativa, explicó que en la exposición de motivos se precisa que el dictamen tiene como propósito establecer con precisión las sesiones sesión extraordinarias, y por otra parte como ha de llevarse a cabo, haciéndolo de manera adecuada primero en la Ley Orgánica y luego en el Reglamento.

 

Además, se busca determinar el tiempo mínimo para que se convoque a una sesión extraordinaria y se atiende la posibilidad de que si es considerado por la mayoría de las y los integrantes del Congreso, se dispense el proceso legislativo; ese mismo tratamiento se podrá dar en las minutas con proyecto de Decreto que modifiquen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que ellas no son iniciativa, sin embargo su importancia y trascendencia para la vida pública del México y el Estado de San Luis Potosí, justifican su inclusión

 

Informó que el Dictamen propone reformar el artículo 32 en su fracción II; y 144, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

 

Artículo 32, fracción II. Extraordinarias. Aquéllas que no hayan sido citadas al término de una sesión ordinaria, cuando a juicio de quien ocupe la Presidencia de la Directiva haya que tratar algún asunto urgente.

 

Artículo 144. El Congreso del Estado contará con un órgano de notificación denominado Gaceta Parlamentaria, dependiente de la Directiva; que se publicará en el portal del Congreso del Estado y enviará, vía electrónica, a las y los legisladores, con por lo menos cuarenta y ocho horas de anticipación a la fijada para la sesión de que se trate, tanto en los periodos ordinarios como en extraordinarios del Congreso del Estado, con excepción de las sesiones extraordinarias conforme a lo establecido en la presente Ley y en el Reglamento.

 

Se reforman los artículos 16; 52 en su fracción VI; y 70 en su párrafo primero, del Reglamento del Congreso del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

 

Artículo 16. Las sesiones Extraordinarias serán citadas por quien ocupe la Presidencia de la Directiva a través de correo electrónico, con por lo menos doce horas de anticipación.

 

Artículo 52, fracción VI. La dispensa de trámites en el procedimiento de las iniciativas, y de las minutas federales que modifiquen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos sólo será posible por acuerdo de las y los diputados que representen por lo menos las dos terceras partes de los presentes. No podrán presentarse iniciativas en la Sesión si éstas no fueron previamente incluidas en la Gaceta Parlamentaria, excepto en los casos que establece la Ley Orgánica y este Reglamento, así como la dispensa enunciada en esta fracción.

 

Artículo 70. La Gaceta Parlamentaria que contenga los dictámenes que se vayan a discutir, así como el proyecto del orden del día de la sesiones ordinarias y de los periodos extraordinarios, serán remitidos vía electrónica a las y los diputados, cuando menos cuarenta y ocho horas antes de cada sesión.

 

La sesión de trabajo estuvo encabezada por, el presidente de la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias del Congreso del Estado, diputado Luis Felipe Castro Barrón; vicepresidenta, diputada María Dolores Robles Chairez; secretaria, diputada Jessica Gabriela López Torres; y las y los diputados vocales; Héctor Serrano Cortés, Jacquelinn Jáuregui Mendoza y  Marcelino Rivera Hernández.

 

El dictamen será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y aprobación.